Legalización de viviendas construidas sin la correspondiente documentación primaria de Licencia de Construcción y certificación de habitable, posterior al año 1985.
Según el acuerdo 8574 del Consejo de Ministro, emitido el 26 de Abril del año 2019 debe presetar:
- Escrito de solicitud.
- Dictamen de descripción, tasación y medidas y linderos emitido por la Dirección Municipal de Planificación Física. Este trámite es de oficio.
- Sello de 10.00 pesos moneda nacional.


