Deberes formales y derechos del contribuyente.
Deberes formales del contribuyente:
- Inscribirse en el Registro de Contribuyentes y mantener actualizados los datos que sobre su persona contiene este.
- Llevar y conservar por el término de 5 años, los libros de contabilidad, registros, comprobantes y demás documentos que en cada caso se establezcan y mantenerlos en su domicilio durante el plazo en que no ha prescrito la obligación tributaria.
- Presentar las declaraciones juradas, balances, informes, certificaciones y demás documentos, en forma, términos y con sujeción a los requisitos establecidos legalmente.
- Concurrir ante la Administración Tributaria correspondiente, a la que haya sido previamente citado y dentro del término que se señale a los fines de proporcionar la información verbalmente o por escrito de todo lo relacionado con sus obligaciones tributarias y la de terceros.
- Probar ante la Administración Tributaria, cuando corresponda, el origen de los fondos con que han financiado sus gastos, desembolsos o inversiones. En caso de no estar obligado a llevar contabilidad completa, acreditar el origen de dichos fondos con los medios de pruebas que establezca la respectiva legislación.
- Las personas naturales deberán acreditar además, cuando se les solicite expresamente por la Administración Tributaria, información precisa sobre su Patrimonio, el monto a que asciende éste, su origen e integración.
- Permitir el libre acceso a su domicilio fiscal, de quienes designe la Administración Tributaria, para la práctica de acciones fiscalizadoras sobre el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y documentos de trascendencia tributaria y otros.
Derechos de contributente:
- Recibir un trato amable, profesional y considerado.
- A disfrutar de un ambiente pulcro y ordenado en la oficina de la ONAT.
- A que se le aplique la legislación tributaria de manera justa e imparcial.
- A que se proteja la confidencialidad de su información.
- A recibir servicios gratuitos de consultas y otros que faciliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias en la oficina de la ONAT.
- A presentar reclamaciones contra la actuación administrativa y a recibir respuesta en el tiempo establecido.
- A que se tramiten sus asuntos correctamente y en los plazos previstos.
- A formular y recibir respuesta a sus quejas, denuncias y otros planteamientos que impliquen a la ONAT.
- A recibir información oportuna, correcta y actualizada.
- A obtener los beneficios fiscales previstos en la legislación tributaria.
Documentos a presentar para la inscripción en el Registro de Contribuyentes.
Personas Jurídicas:
- Certificación de la inscripción en el registro constitutivo correspondiente.
- Copia certificada de la escritura pública u otro documento acreditativo de su constitución.
- Documento oficial o poder notarial que acredite a la persona que acude a efectuar la inscripción como representante legal de la entidad.
- Declaración de dependencias.
- Relación de las cuentas bancarias con que opera.
- Sello del timbre por valor de $30.00 en CUP o CUC, en dependencia de la moneda que opera.
- Cualquier otro documento que expresamente se establezca por la ONAT, atendiendo al tributo de que se trate.
- Relación de medios de comunicación con que cuenta para recibir información.
Personas Naturales:
- Documento de identidad.
- Aprobación de la entidad que autoriza a ejercer la actividad que desempeñará.
- Poder Notarial o Tutoría Legal que acrediten al representante, en caso de que el obligado a inscribirse no pueda acudir.
- Declaraciones de ayudantes y/o copropietarios.
- Sello del timbre por valor de $30.00 en CUP o CUC, en dependencia de la moneda que opera.
- Cualquier otro documento que expresamente se establezca por la ONAT, atendiendo al tributo de que se trate.
- Relación de medios de comunicación con que cuenta para recibir información.


